DELITO DE URSURPACION

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ABSOLUCIÓN COMUNIDAD NAHUELPAN

8Gabriel Nahuelquir, autoridad del Consejo de Participación Indígena y Hector Quilaqueo, hijo del Lonko de la Comunidad Mapuche Tehuelche Nahuelpan fueron absueltos por el Tribunal de la Cámara de Apelaciones en Esquel, Chubut.

🚩 Habían sido condenados en primera instancia por el Juez Novarino acusados del delito de usurpación de parte del territorio ancestral de la comunidad

😒 El conflicto se inició cuando el fallecido Carlos Aguado, hoy representado por sus hijos, habría adquirido en el año 2010, 750 hectáreas con la anuencia del Instituto Autárquico de Colonización y Fomento Rural.

📣 La familia mapuche y los testigos de la comunidad de Nahuelpan, señalan que esta venta fue sin el consentimiento de la familia, y que esas operaciones comerciales se hicieron en plena vigencia de la Constitución Nacional, Convenio 169 OIT y del relevamiento territorial. Por ley, la Propiedad Comunitaria Indígena es indivisible, no es susceptible de gravámenes, es inembargable, inenajenable, inarrendable a terceros, intransmisible e imprescriptible.

✳ Noticia en desarrollo

Fuente:

👉 Gabriel Nahuelquir, autoridad del Consejo de Participación Indígena y Hector Quilaqueo, hijo del Lonko de la Comunidad Mapuche Tehuelche Nahuelpan fueron absueltos por el Tribunal de la Cámara de Apelaciones en Esquel, Chubut.

🚩 Habían sido condenados en primera instancia por el Juez Novarino acusados del delito de usurpación de parte del territorio ancestral de la comunidad

😒 El conflicto se inició cuando el fallecido Carlos Aguado, hoy representado por sus hijos, habría adquirido en el año 2010, 750 hectáreas con la anuencia del Instituto Autárquico de Colonización y Fomento Rural.

📣 La familia mapuche y los testigos de la comunidad de Nahuelpan, señalan que esta venta fue sin el consentimiento de la familia, y que esas operaciones comerciales se hicieron en plena vigencia de la Constitución Nacional, Convenio 169 OIT y del relevamiento territorial.

⚖ Por ley, la Propiedad Comunitaria Indígena es indivisible, no es susceptible de gravámenes, es inembargable, inenajenable, inarrendable a terceros, intransmisible e imprescriptible.

✳ Noticia en desarrollo

 

Fuente: Infoterritorial

 

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